Reforman el Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa en materia del ISN

 

 

  • En sesión extraordinaria se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda Pública y Administración.

 

La aplicación del Impuesto Sobre Nómina se realizará de manera gradual y para tal efecto se tomará como base una tabla en la que se especifican el límite inferior, el límite superior, los porcentajes y la manera en la que deberá de aplicarse en la tasa, lo anterior, al aprobarse por parte del Pleno de la LXII Legislatura, el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda Pública y Administración, sobre la iniciativa enviada por el Ejecutivo del Estado, en la que se propone reformar el artículo 18 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa.

El documento de reforma señala que “A efecto de evitar juicios de amparos masivos que de resultar fundados redundarían en un perjuicio para la hacienda pública estatal, se propone reformar el artículo 18 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa”.

Y agrega:

“En la reforma mencionada del artículo 18 de la citada ley, se dispuso textualmente que el impuesto sobre nóminas se determinará sobre el monto total de las erogaciones gravadas, realizadas por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado (base gravable), mediante la aplicación de la tarifa señalada, pero no se estableció textualmente el periodo de cálculo del impuesto”.

Con lo anterior y a fin de no transgredir el principio de legalidad tributaria, se estableció con precisión que el periodo de cálculo del Impuesto es de un mes, en tratándose de las mencionadas tarifas, independientemente de que la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa establezca diversas formas de pago.

Artículo 18.- El impuesto sobre nómina se determinará sobre el monto total de las erogaciones gravadas mensualmente, realizadas por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado (base gravable), mediante la aplicación de la tarifa y procedimientos siguientes:

Base gravable mensual
Tarifa
Límite inferior $Pesos moneda nacional Límite superior $Pesos moneda nacional Cuota fija $Pesos moneda nacional Por ciento a aplicar sobre el excedente del Límite inferior %
0.01 500,000.00 0.00 2.40%
500,000.01 700,000.00 12,000.00 2.60%
700,000.01 900,000.00 17,200.00 2.80%
900,000.01 En adelante 22,800.00 3.00%

Una vez concluido el periodo extraordinario, el Presidente de la Mesa Directiva citó a Sesión Solemne para el próximo 31 de Diciembre, a la hora de Reglamento 11:00 horas, para un único punto en la Orden del Día: la toma de protesta de Quirino Ordaz Coppel, como Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa.