Multas de hasta 110 mil pesos a funcionarios por no proteger Datos Personales

Culiacán, Sinaloa.- Al igual que con el incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia, las multas por irregularidades en la Protección de los Datos Personales de los ciudadanos, deben ser cubiertas con recurso propio por el servidor público que incurrió en la omisión, señaló Rosy Lizárraga Félix.

Dichas sanciones corresponden a multas establecidas en Unidades de Medida y Actualización (UMA) —antes salarios mínimos—, y fluctúan entre los 11 mil y los 110 mil pesos, señaló la titular de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Sinaloa (Ceaip).

Lo anterior lo externó al exponer los contenidos de la Ley de Protección de Datos Personales para el Estado de Sinaloa, en la reunión semanal que desarrollan los integrantes del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán A. C., presidida por Sergio Leyva Esquer.

Como ejemplo de ello mencionó que ha habido casos en los que de una dependencia responden una solicitud de información pública, en la que van expuestos datos personales, mismos que deben ser omitidos o testados, para proteger la integridad del titular de esos datos.

Foto/Cortesía.

Dio a conocer que los recursos de revisión presentados ante Ceaip por omisiones o irregularidades tanto en el tratamiento de los datos personales como en los de acceso a la información, por parte de las entidades públicas, han sido resueltos en un 80 por ciento a favor del ciudadano.

“Por otra parte es sumamente importante que el ciudadano conozca sus derechos ARCO como garantía de la Protección de los Datos Personales: Tiene derecho de Acceder a sus datos con los que cuenta determinada autoridad”.

“También puede Rectificar esos datos una vez que se los entreguen, dado que haya algún error; incluso Cancelar la posesión de los datos y Oponerse a que hagan algún uso de ellos sin su consentimiento, puesto que solo se deben utilizar para fines claramente acordados y eso queda establecido en un aviso de privacidad que deben presentar en las dependencias a los ciudadanos, y ellos deciden si aceptan o no dicho tratamiento de su información”, detalló.

Los datos personales se deben proteger porque de lo contrario la vida de la persona puede resultar afectada y un ejemplo es el de las redes sociales, donde el intercambio de esta información no ha sido del todo responsable por parte de los mismos propietarios o titulares de esos datos, ya que pueden suplantarle o robarle la identidad, o ser víctima de diferentes delitos, advirtió.

La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Sinaloa tutela la Protección de los Datos Personales en posesión de entidades públicas por contar con una ley en la materia, creada el año 2017, mientras que la Protección de los Datos Personales en posesión de particulares como empresas o compañías e instituciones bancarias, la regula el INAI, por ser de su competencia al contar una ley federal en la materia que la regula, aclaró Rosy Lizárraga.