Redacción
Mazatlán Sinaloa QPEM. El Servicio de Administración Tributaria recuerda que la declaración anual 2023 de personas físicases una obligación para quienes obtuvieron ingresos en el ejercicio por sueldos y salarios: de un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 41 de diciembre, si tuvieron ingresos de distintos salarios, si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea, si los salarios provienen del extranjero, si obtuvo ingresos por indemnización y jubilación y por concepto de excedente por 400 mil pesos. Del 1 al 30 de abril ya pueden declarar las personas físicas.
Servicios profesionales
Actividades empresariales
Cobro de rentas por algún buen inmueble
Enajenación o adquisición de bienes
Intereses o dividendos
Régimen simplificado de Confianza
Requisitos:
RFC
Contraseña
e.firma
Pago de deuda en parcialidades:
En caso de que el contribuyente obtenga impuestos a pagar, tendrá la opción de cubrirlo hasta en seis parcialidades.