¿Fiscalía por Procuraduría? Algunos apuntes para legisladores

Por Manuel Cárdenas Fonseca. 

Primera de dos partes

La iniciativa con proyecto de decreto de Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República presentada en el Senado de la República, por el Grupo Parlamentario de Morena, presenta diversas imprecisiones e inconsistencias:

1. En su exposición de motivos:

a. Dedica gran parte de su fundamentación a hablar de los problemas e indicadores de inseguridad en México, que no es materia directa de la Fiscalía sino de otras dependencias. El papel de la Fiscalía y su responsabilidad prioritaria es investigar, perseguir y buscar que se castigue el delito. Nada que ver con inseguridad y otras materias impropias de la misma.

b. No se deja claro que la procuraduría ha fallado en combatir la impunidad, promover la denuncia ciudadana, en aplicar la ley y en actuar sin presiones externas.

c. Presenta a la Iniciativa de Ley como la gran transformación del sistema de procuración de justicia, cuando en realidad es consecuencia de la reforma constitucional de 2014, para crear la fiscalía y dotarla de autonomía constitucional. La importancia de la expedición de la Ley, es que eso permitirá la entrada en vigor de la reforma constitucional.

d. Se hace referencia a la materia y los órganos de la fiscalía como “materia fiscal” y “órganos fiscales” (lo cual se repite en el “decreto”), esto genera confusión sobre las atribuciones de la fiscalía, ya que esos conceptos son entendidos como relativos a leyes tributarias.

MATERIA FISCAL. SIGNIFICACION. Por materia fiscal debe entenderse lo relativo a la determinación, la liquidación, el pago, la devolución, la exención, la prescripción o el control de los créditos fiscales, o lo referente a las sanciones que se impongan con motivo de haberse infringido las leyes tributarias.
Amparo directo 3683/73. Petróleos Mexicanos. 6 de septiembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XL, Tercera Parte, página 37, tesis de rubro “EXPORTACION. DESISTIMIENTO DE LA OPERACION.”.
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 158, página 194, bajo el rubro “MATERIA FISCAL, QUE DEBE ENTENDERSE POR.”.

e. En esta exposición de motivo se da a entender que ésta será una ley provisional y se señala que el Fiscal nombrado presentará las propuestas de reforma constitucional y legal de la Fiscalía. Con ello se genera incertidumbre sobre la temporalidad de esta ley y se desconoce que la responsabilidad del legislativo es hacer leyes, no de la fiscalía.

f. Varias de las propuestas que se resumen en la exposición de motivo y que comprenden el proyecto de decreto podrían resultar confusas y probablemente hasta inconstitucionales, como el relativo a la facultad de atracción de la fiscalía a petición de la víctima, que es un tema regulado en la Constitución Federal (artículo 73 fracción XXI) señalando que sólo puede atraerlos cuando hay conexidad con delitos federales o cuando se trate de violaciones a periodistas o ley de imprenta, a esto está limitada la atracción.

En la colaboración de la semana entrante nos referiremos al proyecto de Decreto y, subrayo, lo presentado es absolutamente perfectible y sólo pretende ser un apunte constructivo. Lo anterior no vaya a ser que algún contratado externo se sienta y piense que le pretendo quitar su chamba, pues de su lectura pareciera que identifico expresiones de algunos “opinadores” sin ninguna experiencia y sólo teorizantes ajenos a la realidad y a nuestras necesidades.

Impunidad, ausencia de una verdadera persecución del delito, expedientes inventados, pruebas falsas, tráfico de influencia y algunos detalles más es lo que personifica la transversalidad del actuar de todo tipo de poderes (empresariales, sociales, académicos, periodistas, políticos, gubernamentales) en razón de aplicar la ley a modo o exonerar de su aplicación.

Así, sin existir el llamado “estado de derecho”, transitamos al cambio de Presidente y su equipo de colaboradores.

¡Muchas gracias y sean felices!
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