SCJN ordena que empleadas domésticas tengan acceso a seguridad social

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social


EL ECONOMISTA.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al resolver el amparo directo 9/2018.

Durante su sesión de hoy, el pleno de la Segunda Sala del Alto Tribunal aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, y determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas en el IMSS.

Consideraron que no existe razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo que provoca discriminación injusta contra dichas trabajadoras.

Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas, señalaron.

Los ministros agregaron que el trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuesto a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno.

Tal tratamiento impide al trabajador doméstico la oportunidad de un acceso real a prestaciones sociales que les permitan encontrarse protegidos contra circunstancias e imprevistas que afecten sus medios de subsistencia e ingresos, así como generar un proyecto de vida en condiciones igualitarias.