¿Por qué la Suprema Corte violaría la Constitución si elimina la prisión preventiva oficiosa?

Por: Redacción

Mazatlán, Sinaloa. (QPEM). Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirán y, en su caso, resolverán si ordenan la inaplicación del artículo 19 de la Constitución que establece la prisión preventiva oficiosa para ciertos delitos este lunes 5 de septiembre.

Sin embargo, declarar la inconstitucionalidad de este artículo “es literalmente absurdo”, aseguró Diego Valadés, exprocurador General de la República e investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en entrevista para El Financiero.

De acuerdo con el abogado y jurista, la Suprema Corte cometería un acto inconstitucional si logra reunir ocho votos de los ministros y elimina la prisión preventiva oficiosa.

“Lo inconstitucional sería que tomaran la decisión por ocho votos, o por la totalidad de los votos, y dijeran que la Constitución es inaplicable porque entonces la Corte se estaría dando a sí misma facultades que la Constitución no le da”, sostuvo.

El abogado Diego Valadés explica que la Suprema Corte cometería un acto inconstitucional si logra reunir ocho votos de los ministros y elimina la prisión preventiva oficiosa.
Actualmente, la prisión preventiva oficiosa se dicta por delitos como: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio o secuestro.
Actualmente, la prisión preventiva oficiosa se dicta por delitos como: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio o secuestro.

Fuente: El Financiero