Niega juez orden de aprehensión contra 22 trabajadoras de Guardería ABC

CIUDAD DE MÉXICO, México, ago. 21, 2015.-El Juez Tercero de Distrito en Sonora negó las órdenes de aprehensión solicitadas por el ministerio público federal en contra de 22 trabajadoras de la Guardería ABC el pasado 6 de agosto de 2015.

El juez Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, con sede en Hermosillo, informó que en la causa penal 125/2015, resolvió negar las órdenes de aprehensión solicitadas en contra de 22 trabajadoras de la Guardería ABC, por los lamentables hechos ocurridos el 5 de junio de 2009.

En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) explicó que las órdenes de aprehensión fueron solicitadas por la probable responsabilidad de las 22 empleadas en la comisión de los delitos de homicidio culposo por omisión; lesiones culposas (que no ponen en peligro la vida) y lesiones culposas por omisión (lesiones que ponen en peligro la vida). Todos tipificados por el Código Penal Federal.

“En su argumentación, el Ministerio Público de la Federación consideró que las empleadas de la guardería tenían el deber de cuidar por la integridad física de todos los infantes, deber al cual faltaron injustificadamente el día de los acontecimientos, pues no llevaron a cabo acciones tendientes a preservar su integridad física, procurando la evacuación de todos ellos”, detalló el CJF.

Dijo que el juzgador federal concluyó que, contrario a lo expuesto, del material probatorio integrado a la averiguación previa consignada se advirtió que las indiciadas, en mayor o menor medida, sí llevaron a cabo acciones de evacuación y salvamento de muchos de los infantes que estaban bajo su cuidado, pero que no pudieron desalojar a la totalidad de ellos, por la rápida propagación del fuego, rapidez ocasionada, según dictámenes periciales, por la falta de medidas preventivas en la construcción del establecimiento habilitado como Guardería.

“Del resultado de los propios dictámenes periciales, se establecieron omisiones a cargo de los dueños de la Guardería, arrendatarios de la bodega contigua perteneciente a la Secretaría de Hacienda del Estado y autoridades, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social, como de Protección Civil Estatal y Municipal, no destacando omisión alguna a cargo de los empleados de la Institución educativa”, agregó el comunicado.

“Por estas razones se determinó que las empleadas indiciadas no faltaron a su deber de cuidado, respecto de la integridad física de los infantes, como lo dispone el artículo 7º del Código Penal Federaldada la mecánica de los hechos, les fue imposible real y físicamente hacer más, pues las circunstancias que rodearon al fatal acontecimiento, en este caso, el incendio que culminó con la muerte de 49 infantes, fueron de tal magnitud, que no permitieron que llevaran a cabo el desalojo de todos los menores que se encontraban en la Guardería”, agregó.

CPS