Senadora de Morena propone regular comercio informal en México

En el artículo séptimo de dicha ley, la senadora plantea que el Ejecutivo Federal tendrá entre sus atribuciones “prohibir el comercio informal en todo el país”.

La senadora de Morena, Soledad Luévano, propuso la expedición de la Ley del Fomento del Comercio informal con el fin de establecer un régimen de incorporación fiscal para regular y promover el comercio informal en el país y con ello prohibirlo.

De acuerdo a su propuesta, publicada en la Gaceta del Senado, la ley busca incrementar la economía nacional, el número de personas inscritas de manera legal dentro de actividades comerciales, así como propiciar los estímulos necesarios para facilitar la regularización de los comerciantes informales del país e integrar adecuadamente la economía mexicana.

“Para terminar con el comercio informal en nuestro país, en fundamental comenzar creando los mecanismos más accesibles posibles para todos nuestros comerciantes, mediante la creación de programas, incentivos y subsidios que ayuden al comerciante, para lograr que los negocios deseen cumplir con las regularizaciones que establezca la ley”, argumentó Luévano en su exposición de motivos.

La senadora expuso que se debe proporcionar a comerciantes un mejor panorama para fomentar su inscripción en el Régimen de Incorporación Fiscal y dotarlos de beneficios y ayuda para que no les resulte difícil someterse a dicho régimen.

En dicha ley se establece que la Secretaría de Economía deberá crear un padrón en el cual se inscribirán todos los comerciantes del país que se encuentren fuera del régimen de incorporación fiscal.

En el artículo séptimo de dicha ley, la senadora platea que el Ejecutivo Federal tendrá entre sus atribuciones “prohibir el comercio informal en todo el país” y “establecer las sanciones correspondientes para aquellos comerciantes que no se encuentren debidamente inscritos”.

“Se impondrá una multa de 500 a 1000 cuotas de salario diario real vigente en el estado donde se sancionará a todos y cada uno de los comerciantes que no se encuentren debidamente inscritos en el régimen fiscal”, plantea la ley en su artículo 14.

En el artículo 15 establece que “una vez que se detecte un negocio sin registro fiscal se procederá a recoger todas las mercancías hasta en tanto realicen su registro y paguen la multa correspondiente”.

Fuente: Milenio