Personas físicas deben presentar su declaración anual durante abril

Las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual en abril son quienes están en el Régimen de Servicios Profesionales, obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios


EL ECONOMISTA.- En el cuarto mes del año, las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, para lo cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece algunas facilidades.

De acuerdo con el organismo recaudador, las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual en abril son quienes están en el Régimen de Servicios Profesionales, obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

También aquellas que tienen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad, y las personas que cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

Asimismo, deben presentarla quienes reciben intereses o dividendos, y aquellas que enajenaron bienes, es decir, si vendieron o compraron algún bien inmueble.

Otras personas físicas obligadas a presentar su declaración anual son las que recibieron ingresos por salarios y están en alguno de estos casos:

  • Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones;
  • Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018;
  • Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400,000 pesos.

Además, si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones; si recibieron ingresos por indemnización o jubilación, y si obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.

El SAT precisó que están exentos de la obligación de presentar declaración anual quienes obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, y siempre que el patrón haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso los superiores a 400 mil pesos.

Tampoco si recibieron ingresos por salarios y que, en su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20,000 pesos.

No obstante, todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2018, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos, acotó.