Corte avala CURP a migrantes refugiados

Los migrantes, originarios de siete distintos países solicitaron a la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal que les fuera expedida la CURP para acceder a los derechos de salud, educación y trabajo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los migrantes que han solicitado el estatus de refugiados por razones humanitarias podrán obtener una Clave Única de Registro de Población (CURP), que les permita acceder a los derechos de salud, educación y trabajo.

Durante la sesión pública de este miércoles, la Primera Sala del máximo tribunal del país concedió un amparo a nueve migrantes que cuentan con el estatus de refugiados en México desde 2017.

Los migrantes, originarios de siete distintos países, solicitaron a la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal que les fuera expedida la CURP.

“Esta Suprema Corte encuentra suficiente sustento fáctico para afirmar que las personas solicitantes de la condición de refugiado se encuentran en un estado especial de vulnerabilidad y que, a pesar de que cuentan con derechos reconocidos, se han visto imposibilitados para acceder a ellos y ejercerlos efectivamente en condiciones de igualdad, sobre todo, por barreras administrativas, sociales y culturales”, concluyó el proyecto elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

En estos cuatro años que estos migrantes han permanecido en el país, han intentado tener acceso a un trabajo formal, servicios educativos y de salud; sin embargo se les ha negado debido a la falta de un documento, como la CURP, expedido por el gobierno de México que certifique su identidad.

“La ausencia de la CURP sí ha resultado en barreras para acceder a un ejercicio efectivo de los derechos fundamentales por lo que sería contrario a la protección reforzada de las personas en situación de vulnerabilidad exigir que éstas litiguen de manera individual el acceso a distintos derechos cuando existe una medida más protectora de sus derechos disponible”, abundó la SCJN.

Fuente: Milenio